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El articulo 2 de la Constitucion francesa y la negativa de ratificar la Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias

F. Mitterrand, en Lorient, en marzo de 1981, habló de los " siglos de aniquilación " y de la obra lenta e implacable que, pisoteando, humillando y prohibiendo una cultura, conllevaba a negar la identidad de todo un pueblo. Es cierto, se tenía que aprender el francés, pero, ¿ por qué en contra del bretón ? Eso consistía en herir un pueblo en lo más hondo de su personalidad, atacándolo en su lengua y su cultura.

" Proclamamos el derecho a la diferencia. Es indigno que Francia niege y rechace así sus riquezas, siendo el último país de Europa en rehusar a sus ciudadanos los derechos culturales elementales, reconocidos en las convenciones internacionales que ha firmado. Es indigno que no respete la palabra dada ".

A pesar de los 63 proyectos de leyes presentados por varios diputados a favor de las lenguas regionales (pero nunca estudiados por la Asamblea Nacional), Francia sintió la necesidad, en 1992, de modificar su Constitución para hacer del francés la lengua exclusiva de la Républica.

Fue una medida propuesta en aquella época so pretexto de proteger el francés frente al inglés. Una medida única en Europa.

Una modificación votada , como si fuera por casualidad, solo algunos días antes de la oficialización de la Carta de las lenguas y culturas regionales o minoritarias.

Haciendo referencia a esta Carta, Jacques Chirac decía en Kemper, en mayo de 1997 : " Yo me encuentro muy a favor de tal firma ; para mí, no tiene nada de anticonstitucional ". Sin embargo, se apresuró a someterla al Consejo Constitucional donde fue rechazada. Con tal actitud, Francia es, hoy día, el único país de Europa - con Turquia - que no respeta aquel derecho internacional. En ese mismo momento, el Presidente de la República se jactaba de haber intervenido para introducir el bilingüismo en la constitución …. Pero, por desgracia se trataba de la constitucion brasileña !

Luego, cuando se habló de la integración en la Educación Nacional de la enseñanza por immersión practicada por Diwan el Consejo de Estado, valiéndose de una lectura truncada y aplicando la ley Toubon ( que reiteraba el artículo 2° de la Constitución), declaró anticonstitucional aquel tipo de enseñanza.


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